News / 

Latinos buscan solicitar el beneficio de la Accion Diferida

Latinos buscan solicitar el beneficio de la Accion Diferida


2 photos
Save Story
Leer en español

Estimated read time: 6-7 minutes

This archived news story is available only for your personal, non-commercial use. Information in the story may be outdated or superseded by additional information. Reading or replaying the story in its archived form does not constitute a republication of the story.

La comunidad latina de Utah no está muy bien informada de lo que significa esta orden ejecutiva de la acción diferida y quedo bastante preocupado después de esta sesión de preguntas y respuestas”, dijo a OKespañol, el abogado Aaron Tarin. Agregó, que el no pensaba dedicarse a estos casos porque suponía que no requieren de un abogado, pero después de este evento piensa que “muchas personas, posiblemente sí vayan a requerir de ayuda legal para lograr el beneficio y evitar que no les resulte contraproducente la acción”. Las declaraciones fueron hechas al final de una sesión de una conferencia ilustrativa, realizada en la Horizonte School de Salt Lake City, a la que asistieron una centena de personas. Los abogados de inmigración, Aaron Tarin y Mark Alvarez ilustraron durante un espacio de más de dos horas a numerosas familias, ansiosas por saber si reunían los requisitos necesarios, para acogerse al beneficio migratorio. Muchos de ellos plantearon dudas que van desde que tipo de documentos deben aportarse con el formulario, hasta si en sus casos particulares era conveniente o no solicitar el beneficio. “Lo primero que queremos dejar en claro es que el beneficio de la Acción Diferida no otorga un estatus migratorio”, aclararon desde el principio los dos conferenciantes, quienes se alternaban para responder las inquietudes de los presentes. Durante la conferencia organizada por el grupo MIRA, los asistentes pudieron informarse sobre el costo y las ventajas que confiere el beneficio. No todos califican Sin embargo, los abogados fueron enfáticos en señalar que no beneficia a todas las personas y que puede perjudicar a aquellos que tengan otros procesos migratorios pendientes, por lo que en estos casos aconsejaron asesorarse de un abogado. Una de las inquietudes que se planteó con más frecuencia tiene que ver con la de aquellas personas que salieron del país, en los cinco años anteriores al 15 de junio de este año. Haber residido consecutivamente en los EE. UU. durante este período de tiempo es uno de los requisitos exigidos, para calificar a este beneficio, por lo que algunas personas que hicieron un viaje corto, temen no calificar por esa causa. Tarin explicó, que en muchos casos es posible que sea considerada breve, casual e inocente por lo que no rompe la presencia continua en el país. Otra de las inquietudes que resaltaron, en las preguntas del público tiene que ver con los documentos que se deben aportar, para probar la presencia continua. Los abogados señalaron, que lo mejor es aportar los registros escolares, los estados bancarios, documentos médicos, hospitalarios e incluso cartas de los pastores o sacerdotes que hagan constar, que han estado asistiendo al culto o a misa semanalmente. Tarin recalcó, que no es conveniente aportar más información de la requerida y en especial no es necesario dar información que no sea requerida, sobre los empleadores. Asimismo, los dos abogados reiteraron que cualquier falsedad en la información, puede acarrear serias consecuencias. Faltas descalifican Muchas preguntas estaban relacionadas con que tipo de faltas o delitos descalifican para el beneficio. Un delito es una ofensa criminal que se castiga con prisión, por un término de más de un año. Los que han sido convictos de delitos menores de peso, o tres o más faltas menores que no hayan ocurrido en la misma fecha, y no estén relacionadas al mismo suceso, omisión o esquema de faltas, no son elegibles a ser considerados para la Acción Diferida. Se considera delito menor de peso, una ofensa criminal que cumple con los siguientes criterios: Sin importar la pena impuesta, es una ofensa de violencia doméstica, abuso sexual o explotación, escalamiento, posesión o uso ilegal de armas de fuego; distribución o tráfico de drogas o manejar bajo los efectos de alcohol o drogas. Si no es una ofensa enumerada anteriormente, es una por la cual el individuo fue sentenciado a tiempo en custodia, por más de 90 días. La sentencia debe especificar que el tiempo se sirvió bajo custodia, y por consiguiente, no incluye una sentencia suspendida El tiempo en custodia no incluye el tiempo servido, más allá de la sentencia por la ofensa criminal basado en una agencia estatal o local, encargada de hacer cumplir la ley que está honrando una orden de detención emitida por “Immigration and Customs Enforcement” (ICE). Sin embargo y a pesar de lo anterior, la decisión de otorgar el beneficio en un caso particular es discrecional y se hace tomando en consideración la totalidad de las circunstancias. El Departamento de Seguridad Nacional decidirá, si otorga el beneficio a alguien que haya sido sentenciado a tiempo en custodia de 90 días o menos. Un delito menor no significativo, es una ofensa criminal que cumple con los siguientes criterios: No es una ofensa de violencia doméstica, abuso sexual o explotación, escalamiento, posesión o uso ilegal de armas de fuego; distribución o tráfico de drogas o manejar bajo los efectos de alcohol o drogas. Se trata de un delito, por el cual se recibió sentencia a tiempo en custodia de 90 días o menos. El tiempo en custodia, no incluye el tiempo servido más allá de la sentencia por la ofensa criminal, basado en una agencia estatal o local encargada de hacer cumplir la ley que está honrando una orden de detención, emitida por ICE. Discrecionalidad En estos casos la decisión de otorgar el beneficio, también es individual y discrecional por lo que los abogados recomendaron incluir cartas de recomendación de pastores, profesores o personas reconocidas. “Solo es necesario aportar cartas de recomendación, cuando el solicitante haya cometido alguna falta, porque pueden ayudar a balancear el juicio del procesador”, dijo Tarin. La ausencia o presencia de historial criminal, no será necesariamente determinante, pero si será un factor a ser considerado por las autoridades en el ejercicio de la discrecionalidad. Faltas de trafico Otra de las dudas que más afronta la comunidad es sobre las faltas de tránsito, y si estas pueden descalificarlos para el beneficio. Los expositores resolvieron varias preguntas de las que quedaron en claro algunos elementos. Una ofensa menor de tráfico, no será considerada un delito menor para propósitos de este proceso. Pero un historial de ofensas total puede ser considerado junto a otros factores para determinar si, bajo la totalidad de las circunstancias, el solicitante recibe el beneficio o no. Manejar bajo la influencia de drogas o alcohol es un delito significativo, sin importar la sentencia impuesta. Ofensas migratorias Las ofensas relacionadas a la inmigración que se hayan caracterizado como delitos u ofensas en leyes estatales de inmigración, no serán consideradas delitos u ofensas que descalifiquen. Convicciones eliminadas y convicción juveniles por ofensas, no descalificarán inmediatamente. En esos casos, también está de por medio la discrecionalidad y si la persona era menor, pero fue juzgada y convicta como adulto, será tratada como adulto. Mark Alvarez recordó que el miércoles 29 de agosto desde las 3 p.m hasta las 7 p.m, se realizará un taller para llenar los formularios de solicitud para la Acción Diferida en la parroquia de San Pedro y San Pablo, ubicada en la 3580 West 3650 South de West Valley City.

Photos

Most recent News stories

Reinaldo Escobar

    STAY IN THE KNOW

    Get informative articles and interesting stories delivered to your inbox weekly. Subscribe to the KSL.com Trending 5.
    By subscribing, you acknowledge and agree to KSL.com's Terms of Use and Privacy Policy.
    Newsletter Signup

    KSL Weather Forecast

    KSL Weather Forecast
    Play button