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El Perdón Provisional Extendido entrará en vigor el 29 de agosto; lo que necesitas saber

El Perdón Provisional Extendido entrará en vigor el 29 de agosto; lo que necesitas saber


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SALT LAKE CITY — No todas las personas que desean obtener su residencia pueden ajustar su estatus en los Estados Unidos. Dentro de los requisitos de admisibilidad está el que las personas hayan entrado legal al país y en algunos casos, como lo es en las visas preferenciales, el que hayan mantenido su estatus legal durante su estadía aquí.

Las personas que no cumplen con esos requisitos tienen que regresar a su país de origen para culminar el proceso consular. Una ley que entró en vigor en el año 1997 les impone un castigo de 3 o 10 años a las personas que salgan a su país de origen a obtener la residencia sí éstas han tenido presencia ilegal en los Estados Unidos. El castigo de 3 años es para aquellas personas que hayan tenido presencia ilegal de 6 meses pero menos de 1 año antes de salir y el de 10 años para las que llevan más de 1 año ilegalmente en los Estados Unidos.

Todas las personas sujetas al castigo por presencia física, tenían que regresar a su país de origen, y luego de la entrevista para su residencia, radicar una solicitud de perdón. Ese proceso era muy largo y en el afán de aligerar este proceso y preservar la unidad familiar, en el año 2013, el Presidente Obama anunció que ese perdón, al que llamaron “perdón provisional”, se podría radicar dentro de los Estados Unidos y una vez se aprobara el mismo, entonces las personas podrían salir a obtener su residencia. Esto hacía que la separación de sus familias fuera mucho más corta. Las personas ahora asisten a su entrevista de residencia en su país de origen pero lo hacen después que el perdón por presencia física haya sido aprobado.

El problema del perdón provisional del 2013 es que sólo beneficiaba a familiares inmediatos de ciudadanos americanos, es decir, cónyuges, padres e hijos menores de 21 años de ciudadanos americanos que cumplieran los requisitos para el perdón y excluía a todos los demás.

Para poder obtener el perdón provisional los familiares inmediatos de ciudadanos americanos tenían que probar que su cónyuge y/o padre ciudadano americano sufriría injusticia extrema si su familiar inmediato no obtenía la residencia permanente. Este nuevo proceso, que hasta ahora lleva 3 años de vigencia, ha permitido que miles de personas hayan evitado la separación de sus familias por periodos muy largos.

Debido a que el anuncio del 2013 excluía a todas aquellas personas que no fueran familiares inmediatos de ciudadanos americanos o que no tuvieran un cónyuge o padre ciudadano americano, efectivo el 29 de agosto, se expanderá el perdón provisional a todas las personas que tengan un número de visa disponible y que puedan probar injusticia extrema para sus cónyuges o padres, ya sean ciudadanos americanos o residentes permanentes. En otras palabras, los cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes, hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos americanos, hermanos de ciudadanos americanos y hasta hijos casados de ciudadanos americanos podrán pedir el perdón provisional extendido en los Estados Unidos antes de salir a su entrevista para la residencia en su país de origen.

Este tan anticipado anuncio le permitirá a que todas aquellas personas al que le hayan hecho una petición familiar o aún de empleo, y que puedan probar injusticia extrema a sus cónyuges y/o padres ciudadanos americanos o residentes permanentes puedan pedir el perdón aquí, en los Estados Unidos, y sólo salir a su entrevista de residencia una vez el perdón haya sido aprobado.

Es imperativo aclarar que los requisitos para que se apruebe el perdón NO han cambiado, este nuevo anuncio, sólo expande quienes se beneficiarán del mismo. Todavía tenemos que probar injustica extrema a los cónyuges y/o padres ciudadanos americanos o residentes permanentes y éste proceso es para exentar el castigo de 3 o 10 años por presencia ilegal. Si durante la entrevista en el consulado se encuentra que la persona es inadmisible por alguna otra razón tendrá que radicar un nuevo perdón en su país de origen y esperar la adjudicación del mismo antes de regresar a los Estados Unidos.

Para más información no duden en comunicarse con nosotros al (801) 566-9681.

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Dorany Rodríguez-Baltazar

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